Aprende las diferencias entre Crianza, Reserva y Gran Reserva según DOC Rioja.
Seguro has bebido algún Crianza, o algún Reserva o incluso algún Gran Reserva, ¿pero sabes que diferencia hay entre ellos? sí, los años de maduración del vino, ¿pero cuantos exactamente hacen que se convierta en Reserva? ¿O en crianza? ¿Reconocerías los tipos de vino según su envejecimiento?
Hoy aprenderás a clasificar los vinos según su envejecimiento bajo las pautas de la DO Rioja.
Tabla de contenidos

Empezaremos por la calidad de la barrica empleada. Es fundamental en el resultado de la crianza. La madera utilizada mayormente es el roble y principalmente de origen americano o francés.
Tipos de Vino según su envejecimiento
Tipos de Vino Genéricos

Los tipos de Vinos genéricos corresponden a vinos en su primer o segundo año, que conservan sus características primarias de frescor y afrutado. Esta categoría también puede comprender otros vinos, aunque hubiesen sido sometidos a procesos de envejecimiento, por no estar éstos certificados por el Consejo Regulador.
Tipos de vino Crianza

Si hablamos de vinos tintos, entrarían dentro de la categoría de crianza aquellos tipos de vinos con un envejecimiento total mínimo de 24 meses, de los cuales al menos 6 deben ser en barrica. En el caso de vinos blancos y rosados el tiempo de maduración total mínima desciende a 18 meses, al menos 6 de los cuales deben cumplirse en barrica. Para hacer toda la clasificación se estipuló que el volumen de capacidad máximo de las barricas debía ser de 330 litros.
Tipos de vino Reserva

En cuanto a la categoría de tipo de vino reserva, en el caso de los vinos tintos el período total de envejecimiento debe ser de al menos 36 meses, con un mínimo de 12 meses de permanencia en barrica y complementada con un envejecimiento mínimo en botella de 6 meses. Para blancos y rosados, la cifra sería de 24 meses totales de guarda, de los cuales un mínimo de 6 deben transcurrir en barrica.
Tipos de vino Gran reserva

En el caso de vinos tintos, la categoría de gran reserva quedaría destinada a vinos con un tiempo mínimo de maduración total de 60 meses. Y estos vinos deberían pasar al menos 18 de esos meses en barrica, complementado con 2 años de envejecimiento en botella. En el caso de vinos blancos y rosados gran reserva, el tiempo total de envejecimiento no debe descender de los 48 meses, de los cuales, al menos los 6 primeros deben transcurrir en barrica.

Más allá de los tipos de Vino la DOCa Rioja ha adaptado su normativa para aprovechar una oportunidad de negocio y amparar, con carácter novedoso, la producción de un nuevo tipo de vino: espumosos blancos y rosados de calidad.
De esta manera, se completa así la gama de vinos tranquilos tradicionalmente amparada por la Denominación (tintos, rosados y blancos) con un producto nuevo de calidad y prestigio, obtenido mediante el método tradicional y con limitación en los contenidos en azúcar (Brut, Extra Brut y BrutNature).
Esta nueva mención se incorporará en los documentos de garantía del Consejo y se reflejará específicamente en el etiquetado. Para la elaboración del ‘Espumoso de Rioja’ se permite trabajar con todas las variedades de uva autorizadas por la Denominación y, en el caso de los espumosos rosados, deberán tener como mínimo un 25% de uvas tintas. La solicitud de vendimia deberá presentarse con carácter previo al inicio de ésta y será requisito obligatorio la vendimia manual, limitando su rendimiento de transformación respecto del generalmente autorizado.
Se dan unas permanencias mínimas específicas para esta nueva categoría de espumosos de calidad:
-se exige un mínimo de 15 meses para la categoría de crianza, 24 meses para los reserva y, por último, 36 meses para el Gran Añada.
Nos vemos en la próxima entrada, catadores.